Bienvenidos, estamos para servirle... Volver al inicio del Centro de Conocimiento. Welcome to The Knowledge Center" we also have a bilingual  version. Pronto tendrémos un motor de búsqueda para servirle mejor.
 
Áreas de especialización de conocimiento.
Tenemos una gran cantidad de recursos de la red para usted y más...
Visite nuestro Centro para realizar sus investigaciones.
Acceso a Gobiernos, Internacionales, Regionales, Nacionales, Locales y Virtuales.
Estamos trabajando para servirle mejor...
Acceso a gran diversidad de repositorios de información jurídica en la Internet.
Información sobre la Reingeniería Humana
Conozca nuestros servicios...
Conozca nuestro sistema de Seminarios, Cursos y Confrencias.
Tiene problemas sobre: Tecnología, Comercio Electrónico u otros similares, solicite nuestra opinión, es gratis...

Nuestra Misión Quienes somos Nuestros proyectos

b-2.- El Giro Bancario

Es aquel mecanismo por medio del cual un banco recibe dinero o la orden de realizar un cargo contra la cuenta de un cliente para que emita un giro por una cuantía determinada, el banco seguidamente procede a emitir una orden de pago pura y simple a cargo de un corresponsal o de una filial.

El título de crédito denominado giro aparece cuando el derecho del beneficiario se incorpora a un documento apto para circular pagable en efectivo, su fin es evitar el desplazamiento de moneda agilizando las operaciones mercantiles.

.

Es importante conocer que el giro se consolida cuando este se pone a disposición del beneficiario. El giro bancario no esta regulado en la mayoría de los países razón por la cual el trato que se le da a esta figura es similar a la del cheque y efectivamente en la práctica la definición de cheque se asimila mucho con la de giro bancario.

El giro es un instrumento inseguro por la posible falta de fondos al momento de presentarlo al cambio o problemas con las firmas autorizadas del consignatario, o por inexactitudes en el documento. En caso de que el giro se emita a nombre de un banco que no tiene corresponsalía en el país que se presenta a cobro puede tardarse un tiempo en hacerse efectivo, que lo podría afectar la realización del pago a tiempo de una transacción. Además en caso de ausencia de corresponsales conlleva un costo mayor por la intervención de tercero bancos en operaciones conocidas como triangulación, por esta razón se deben evitar a toda costa. Se recomienda la conformidad entre comprador y vendedor sobre la corresponsalía de los bancos que intervendrán en la transacción.

Una de las ventajas del giro bancario es que constituye el sistema de pago internacional más barato que se puede utilizar, también este puede descontarse una vez verificadas las firmas.

El giro bancario vale por su literalidad, lo que este estipula en su cuerpo es lo que vale; es un título nominal y no negociable, su fin es pagar a una persona o razón social y solo el titular mencionado puede cobrarlo, sus derechos no se pueden ceder por medio de endoso o transferir  derechos a terceros.

El procedimiento del giro bancario es simple pues una vez emitido el giro este se entrega por el banco al solicitante del servicio. El solicitante á su vez tiene la responsabilidad de hacerlo llegar al vendedor por los medios que considere oportunos; la forma para hacerlo llegar a su destino puede ser, desde entregarlo personalmente hasta enviarlo por correo o en courrier. Importante es conocer que ningún courrier o mensajería indemnizará el importe de un giro que se extravíe.

El giro bancario tiene una serie de variables las cuales se proceden a describir:

·         El Cheque Internacional puede ser emitido en moneda local o en dólares. Suele ser girado contra un Banco en el extranjero, es un cheque personal y el girador un particular.

·         El Giro Comercial es muy similar al cheque, es emitido por una empresa, firma o sociedad contra su cuenta abierta en un banco determinado.

·         El Giro Postal o Money Order es un instrumento generalmente utilizado para transferencia de fondos, se adquiere por una suma determinada y se suele venden en oficinas de correos o en instituciones financieras; en la mayoría de los países los montos de la cuantía de emisión suelen tener limitaciones. Es un cheque emitido por una entidad financiera contra fondos en una cuenta corriente bancaria o contra sí misma, su monto se estampa sobre el giro al momento de venderlo contra su pago más comisiones.

·         El Giro Bancario es una orden incondicional de pago emitido por una entidad bancaria con fondos depositados en otro banco conocido como corresponsal.

·         Existen unas modalidades especiales de los giros bancarios, estos son:

·        El Giro Bancario Cruzado o Crossed Check es cuando el cheque o giro se cruza por su cara del frente con dos líneas transversales paralelas, en algunos casos contiene, entre las líneas, el nombre del banco donde se debe cobrar. El cruce hace que el cheque solo pueda ser cobrado a través de un Banco determinado, no se paga en efectivo si no, solo se deberá depositar en una cuenta corriente, el giro cruzado no es negociable.

·        El Cheque de Gerencia o Cashiers Check es un cheque que el banco emite contra sí mismo, es segura la existencia de fondos al momento de la presentación a su cobro, es recomendable la no-negociabilidad de este instrumento.

·        þ Recomendación sobre los giros bancarios: Es conveniente que la solicitud de emisión del giro sea hecha por escrito, usualmente se hace en los formularios del banco, esto evita confusiones o malas interpretaciones. Cuando se entrega el giro este deberá ser fotocopiado, así en caso de perdida se dispondrá de toda la información para solicitar la suspensión del pago; se deberá enviar al comprador copia del fax para su conformidad.

þ Puntos claves a revisar en el giro: debe haber corresponsalía entre los bancos girado y girador, en cuanto a la presentación física del documento este debe ser nítido, el número del documento, el lugar y fecha de emisión, si es al portador o a la orden, intransferible o no, el nombre y domicilio del banco pagador y el del emisor, la cuantía debe expresarse en letras y números ambos deben ser iguales. En caso de discrepancias entre las cuantías de letras y números, en Costa Rica, se paga el monto menor, Código de Comercio art. 732, Ley de Cuentas Corrientes art. 38. En el resto del mundo se paga sobre el monto escrito.

þ Conviene dar seguimiento por fax o teléfono de la recepción o no del título por el beneficiario

þ En cuando al endoso, en aquellos giros procedentes del extranjero los endosos anteriores deben venir garantizados.

þ Cuando se utiliza el cheque como instrumento de pago suele darse una ausencia documental de la operación lo que produce una absoluta falta de seguridad para el importador; se recomienda documentar la operación por los medios más pertinentes.

El más grande defecto del giro bancario es que el financiamiento de la operación gravita en el exportador.

En cuanto al tiempo para el cobro del giro bancario se le aplica la ley nacional del país en que se hace efectivo; en Costa Rica es pagadero, cuando sea expedido dentro del territorio nacional, hasta tres meses después de su emisión, si fuese expedido en el extranjero y pagadero en el territorio nacional, dispondrá de hasta seis meses después de su emisión.

 

Volver al inicio
. Volver a la página anterior

.. Volver a la página principal


Director del Centro -- Lic. Guillermo Augusto Pérez Merayo, Universidad Complutense, Madrid, P.O.Box, 4328- 1000, San José, Costa Rica, Curriculum.

 

Privacidad   |   Contáctenos

Technical questions: webmaster@centrodeconocimiento.com
© 1997-2009 Centro de Conocimiento. All rights reserved.